En los últimos meses ha crecido la preocupación sobre el Reemplazo del Sisbén por el RUI en 2026, y la duda no nace de rumores sino de normas oficiales que ya establecen una transición real en Colombia.
Lo importante es entender que el cambio no será inmediato ni automático. Se trata de un proceso gradual que ya tiene fechas, fases y lineamientos definidos por el Gobierno Nacional.
¿De dónde nace el cambio?
El llamado Reemplazo del Sisbén por el RUI en 2026 tiene fundamento legal. El Registro Universal de Ingresos (RUI) fue creado mediante la Ley 2294 de 2023, específicamente en su artículo 70.
Posteriormente, el proceso fue reglamentado a través del Decreto 875 de 2024, donde se estableció cómo será la transición hacia el RUI como instrumento principal de focalización social.
El registro será administrado por el Departamento Nacional de Planeación (DNP).
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¿Significa que el Sisbén desaparece de inmediato?
No. El Reemplazo del Sisbén por el RUI en 2026 no implica borrar la base actual de un día para otro.
Lo que establecen las normas es que será reemplazado, de manera escalonada, el instrumento principal que hoy se utiliza como referencia central para ordenar y clasificar hogares en la oferta social del Estado.
En palabras sencillas: no es que desaparezcan automáticamente las clasificaciones actuales, sino que el RUI pasará a convertirse en la herramienta central para focalizar nuevos beneficiarios.
El cronograma oficial del cambio
El decreto establece tres fases claras dentro del proceso de transición:
- Preparación institucional y tecnológica.
- Desarrollo metodológico con pruebas técnicas.
- Implementación progresiva.
Las pruebas metodológicas comenzaron en 2024 y finalizarán en 2025.
Según el cronograma, el uso de la información del RUI para diseño, seguimiento y evaluación de programas sociales iniciará desde el segundo trimestre de 2026.
El cierre formal del proceso de transición —es decir, cuando se consolide el uso del nuevo instrumento para definir nuevos beneficiarios— está previsto después de ese mismo segundo trimestre.
Además, hay una fecha clave: desde el 1 de julio de 2026 entran en vigencia derogatorias dentro del decreto sectorial, lo que refuerza jurídicamente el Reemplazo del Sisbén por el RUI en 2026 como referencia central.
¿Qué cambia para las personas?
Durante la transición:
- Las clasificaciones A, B, C y D continúan vigentes para las entidades que actualmente las utilizan.
- No hay eliminación automática de beneficiarios.
- No existe una equivalencia oficial uno a uno entre grupos actuales y la futura clasificación por ingresos del RUI.
El RUI es neutral frente a los programas sociales. Esto significa que:
- No otorga subsidios por sí mismo.
- No incluye ni excluye automáticamente a nadie.
- Cada entidad seguirá definiendo sus reglas de ingreso y permanencia.
Por eso, el Reemplazo del Sisbén por el RUI en 2026 será un cambio técnico y progresivo, no un corte abrupto para los hogares.
¿Cuál es el objetivo del nuevo instrumento?
El propósito principal es mejorar la lectura real de ingresos y fortalecer la priorización de la población pobre y vulnerable.
La idea no es generar incertidumbre, sino modernizar el sistema de focalización para que la oferta social del Estado sea más precisa y eficiente.
El Reemplazo del Sisbén por el RUI en 2026 busca que la clasificación se base principalmente en ingresos y cruce de información administrativa, apoyando así la toma de decisiones en los programas sociales.
Fuente oficial
La información está sustentada en disposiciones del Departamento Nacional de Planeación, con base en la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 875 de 2024.
Para verificar tu ficha actual o consultar información oficial, siempre se recomienda ingresar únicamente a los canales institucionales del DNP


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